Tarifa RABT

Consultar tarifas de:      


Riego agrícola en baja tensión

1.- Aplicación


Esta tarifa se aplicará exclusivamente a los servicios en baja tensión que destinen la energía para el bombeo de agua utilizada en el riego de tierras dedicadas al cultivo de productos agrícolas y al alumbrado del local donde se encuentre instalado el equipo de bombeo.  


2.- Cuotas aplicables
 

Elige el mes que deseas consultar
 de 2024

2.1 Identifica tu región tarifaria



Los cargos de las tarifas finales del suministro básico descritos en este apartado, corresponden a la integración de los cargos por Transmisión, Distribución, Operación del CENACE, Operación del Suministrador Básico, Servicios Conexos No MEM, Energía y Capacidad.

Para mayor información sobre las cuotas aplicables favor de consultar el apartado de Acuerdos que autorizan o modifican tarifas.


3.- Mínimo mensual


La cantidad que resulte de aplicar el cargo por la operación del Suministrador de Servicios Básicos.


4.- Tensión y capacidad de suministro


El suministrador sólo está obligado a proporcionar el servicio a la tensión y capacidad disponible en el punto de entrega.


5.- Demanda por contratar


La demanda por contratar la fijará inicialmente el usuario; su valor no será menor de 60% de la carga total conectada, ni menor de la capacidad del mayor motor o aparato instalado. Cualquier fracción de kilowatt se tomará como kilowatt completo.


6.- Depósito en garantía


El importe que resulte de aplicar la cuota por energía a 140 kilowatts-hora.



 Nota

Para atender dudas, comentarios y aclaraciones de la metodología de cálculo y ajuste de las tarifas finales de Suministro Básico, contacte a la Comisión Reguladora de Energía a través de su página www.gob.mx/cre y su Mesa de Ayuda (55) 3300 0692.