Tarifa 9


Consultar tarifas de:      


Servicio para bombeo de agua para riego agrícola en baja tensión

1.- Aplicación


Esta tarifa se aplicará exclusivamente a los servicios en baja tensión que destinen la energía para el bombeo de agua utilizada en el riego de tierras dedicadas al cultivo de productos agrícolas y al alumbrado del local donde se encuentre instalado el equipo de bombeo.


2.- Cuotas aplicables en el mes de

Elige el mes que deseas consultar  de 2017

   2.1 Cargo por la energía consumida

por cada uno de los primeros 5,000 (cinco mil) kilowatts-hora.
por cada uno de los primeros 10,000 (diez mil) kilowatts-hora.
por cada uno de los primeros 20,000 (veinte mil) kilowatts-hora.
por cada kilowatt-hora adicional a los anteriores.

3.- Tensión y capacidad de suministro

El suministrador sólo está obligado a proporcionar el servicio a la tensión y capacidad disponibles en el punto de entrega.


4.- Demanda por contratar

La demanda por contratar la fijará inicialmente el usuario; su valor no será menor de 60% de la carga total conectada, ni menor de la capacidad del mayor motor o aparato instalado. Cualquier fracción de kilowatt se tomará como kilowatt completo.


5.- Depósito de garantía
Consultar depósitos en garantía
icoNotasNota:
Se continuará con la aplicación de un factor de ajuste mensual acumulativo de 1.02 establecido en el ARTíCULO SéPTIMO del acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de enero del 2003. En todos los casos los ajustes mensuales serán aplicados a partir del día primero de cada mes